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PROCESO ELECTORAL 2010 A JUNTA DIRECTIVA PDF Imprimir E-mail
Escrito por Consuelo   
Viernes, 05 de Febrero de 2010 13:17

PROCESO ELECTORAL 2010 A LA JUNTA DIRECTIVA

 

 

El uno de enero de 2010, tras la convocatoria por parte del Presidente, se abrió el proceso electoral de ASPRONA, que culminará con la elección de la Junta Directiva y su Presidente, que tendrán un mandato de cuatro años desde su elección.

 

El proceso se articula primero con la elección de los representantes de las distintas Juntas Comarcales en cada Delegación, que eligen a sus Delegados y el resto de sus representantes en la Junta Directiva. Entre los miembros de La Junta Directiva se elige el Presidente.

 

FASE I. CONFECCIÓN DE CENSOS Y DISTRIBUCIÓN DEL NÚMERO DE MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA POPR DELEGACIONES.

 

a.- El 17 de Diciembre, el Presidente convocaba elecciones con efecto del día uno de enero de 2.010. Desde el uno de Enero las Juntas Comarcales y la Junta Directiva desaparecen descansando del ejercicio de sus funciones en las respectivas Comisiones Permanentes.

b.- El uno de Enero de 2.010 se nombra la Junta Electoral, que debe velar por el desarrollo del proceso y está compuesta por:

 

•          El Secretario: D. Delfín Calonge Sanchez.

•          El Delegado Comarcal de Mayor Edad: D. Antonio Sanchez Pérez.

•          El Delegado Comarcal de menor edad: D. Fernando Ventayol Sarrión.

 

Estando asistida por el Gerente.

c.- Antes del 15 de enero de 2.010 los Delegados Comarcales deberán certificar el número de usuarios y el de socios a 31 de Diciembre de 2009, y enviar el censo electoral a la Junta Electoral.

 

Tienen derecho a voto os socios NUMERARIOS, con un año de antigüedad y al corriente de pago de sus cuotas.

 

d.- El censo debe estar expuesto en todos los centros y servicios de todas las Delegaciones a disposición de los señores socios.

e.- Hasta el 31 de Enero de 2.010 los socios podrán presentar reclamaciones al censo.

f.- La Junta Electoral tiene hasta el 15 de Febrero para resolver las posibles reclamaciones y configurar el censo electoral definitivo.

g.- Hasta que termine el proceso electoral el censo definitivo deberá estar expuesto en todas la Delegaciones.

 

 

FASE II. CANDIDATURAS A LAS JUNTAS COMARCALES Y JUNTA DIRECTIVA.

 

a.- La Junta Electoral abre el plazo para presentar la candidatura a miembro de cada Junta Comarcal. Se suministrará el documento normalizado. El periodo de presentación de candidaturas será de 1 a 15 de Marzo incluido.

 

Podrán ser candidatos los socios con un año de antigüedad, al corriente del pago de sus cuotas, que no tengan abierto ningún expediente disciplinario y que no mantengan relación laboral con ASPRONA. Sólo se podrá presentar candidaturas a una Delegación Comarcal.

 

b.- La Junta Electoral enviará a cada delegación el listado de las candidaturas para su exposición pública y abrirá un plazo hasta el 25 de marzo incluido para presentar reclamaciones.

c.- La Juta Electoral tiene 5 días, hasta el 30 de Marzo, para resolver impugnaciones y proclamar la lista definitiva de candidatos.

 

FASE III. ELECCION DE LOS MIEMBROS DE LAS JUNTAS COMARCALES.

 

a.- Durante todo el mes de Abril el Presidente convocará las Asambleas Comarcales que tendrán como primer punto de orden del día la elección de los miembros de la Junta Comarcal.

b.- Si hay menos candidatos que plazas a cubrir, los candidatos quedarán elegidos sin necesidad de efectuar la votación.

c.- En caso de que existan más candidatos que puestos a cubrir (20 miembros) deberá procederse a la votación, que se podrá realizar durante una hora desde la constitución de la mesa electoral. Se confeccionaran papeletas que presenten la relación alfabética de candidatos y en el que los electores deberán marcar un máximo de 20 nombres.

Una vez cerrada la mesa electoral se procederá al escrutinio y serán nombrados miembros de la Junta Comarcal los que más votos hubieran obtenido, quedando el resto en una lista de reserva para cubrir las bajas que se puedan producir.

 

FASE IV. ELECCION DE LOS DELEGADOS COMARCALES Y LOS REPRESENTANTES DE CADA DELEGACION EN LA JUNTA DIRECTIVA.

 

a.- En los diez días siguientes de la celebración de la Asamblea Comarcal el Presidente convocará Junta Comarcal para la elección del Delegado Comarcal y éste nombrará los cargos de Vice-Delegado, Tesorero y Secretario de cada Delegación. 

b.- De entre los miembros de la Junta Comarcal de cada Delegación se elegirán a los representantes en la Junta Directiva en función del número de miembros asignados en el proceso electoral.

 

Uno de los miembros de la Junta Directiva será obligatoriamente el Delegado Comarcal electo.

 

FASE V. ELECCION DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA Y DEL PRESIDENTE.

 

El número máximo de miembros de la Junta Directiva es de 25.

 

a.- Antes del 20 de enero de 2.010 se comunicaran los datos de usuarios por cada Delegación Comarcal.

b.- A 31 de Enero de 2.010 la Junta Electoral comunicará el número provisional de miembros de la Junta Directiva por cada Delegación. Abriéndose un plazo de reclamación hasta el 15 de Febrero.

c.- La Junta Electoral, antes del 28 de Febrero, deberá comunicar el número definitivo de puestos a cubrir en la Junta Directiva por cada Delegación Comarcal.

d.- Los miembros elegidos para la Junta Directiva deberán ser ratificados por la Asamblea General convocada por el Presidente al efecto, siempre antes del día 15 de Mayo.

e.- El Presidente de la Junta Electoral convocará en el plazo de diez días desde la celebración de la Asamblea General la Junta Directiva que elegirá al Presidente y éste, de entre sus miembros, los cargos de:  vicepresidente, 1 º y 2 º, Tesorero y Vice-tesorero, y Secretario y Vice-secretario.      

 

 
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